d)
d)Manifestó que los herederos de sucesión de Ernesto Antelo Gutiérrez no reúnen calidad de litisconsortes pasivos necesarios, que el Tribunal de apelación tampoco tomo en cuenta que ellos al margen de tomar conocimiento del proceso hicieron valer sus fundamentos y los mismos fueron resueltos por el juzgador por lo que, la anulación dispuesta no es justificable, al no generar indefensión.
