POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 105 a 113 interpuesto por Teresa Fernández Encinas de Laura contra el Auto de Vista de fecha 19 de octubre de 2020 cursante de fs. 79 a 83, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
