b)
b) La violación y errónea aplicación del art. 1514 del Código Civil, que refiere a que los derechos deben ejercitarse dentro de cierto término de tal manera que en caso de retraso el interesado ya no puedo realizar el acto del cual dependía la conservación de su derecho o la protección de sus intereses, por lo que puede impedirse la caducidad únicamente por el incumplimiento del acto de ejercicio del derecho previsto por la ley o por el contrato.
De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista.
En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo:
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso: Cancelación de anotaciones preventivas.
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- De la revisión del recurso de casación se observa que, Carlos Sumoya Montaño en lo trascendental de dicho medio de impugnación, acusa:
- a)
- b)
- POR TANTO:
