III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación.
III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación.
El Auto Supremo Nº 386/2017-RI de 12 de abril, ha señalado sobre las resoluciones que pueden ser objeto de casación, en cuya doctrina aplicable al caso en su punto II.1.3. ha explicado y determinado con relación a los autos definitivos conforme a la vigente Ley Nº 439.
Asimismo, se toma en cuenta el Auto Supremo Nº 984/2016 de 22 de agosto, tal como señala en el punto III.3., de las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación, explica de manera razonada en la parte concerniente a la doctrina aplicable cuales son los autos definitivos que pueden ser objeto de recurso de casación.
- Fragmento 1
- CONSIDERANDO I:
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se observa que el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra representado legalmente por su Alcaldesa Angélica Sosa de Perovic en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
- CONSIDERADO III:
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- III.1. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación conforme orienta la Ley Nº 439.
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación.
- CONSIDERANDO IV:
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
