a)
a)Que la conclusión a la cual llegó el Auto de Vista contiene una violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, ya que la ley que aplicó para excluir el capital de cesantía de los bienes gananciales no corresponde a las normas que debieron ser aplicadas como ser el art. 183 inc. a) de la Ley Nº 603, ya que el Tribunal de alzada indicó que el capital de cesantía es un seguro social, aspecto que es completamente diferente a lo establecido en la norma citada, por lo que se aplicó indebidamente la normativa.
