POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.1 núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, el art. 5.1 núm. 2) de la Ley 620 de 31 de diciembre de 2014 y, en aplicación del art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA la Sentencia 335/2020 01 de diciembre, cursante de fs. 244 a 252, pronunciado por Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia, se declara IMPROBADA la demanda contenciosa de devolución de garantía de funcionamiento de maquinaria, más el pago de daños y perjuicios de fs. 41 a 57 vta., subsanada a fs. 181 interpuesta por la Empresa ITTI Bolivia S.A.
No intervienen los Magistrados Ricardo Torrez Echalar y Carlos Alberto Eguez Añez por haber suscrito la Sentencia N° 335/2020 de 1 de diciembre.
providenciando al memorial presentado por ITTI Bolivia de 29 de junio de 2021.
Estese a lo resuelto.
Al otrosí. - A lo principal.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
