Auto Supremo AS/0249/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2021-RA

Fecha: 30-Jun-2021

admisible.

Sobre el cumplimiento de los requisitos y análisis de admisibilidad del único motivo detallado precedentemente, se advierte que la recurrente refiere que el Auto de Vista es contradictorio con el Auto Supremo detallado precedentemente, en consecuencia, no se hace necesaria la exigencia de invocación de dichos precedentes contradictorios en apelación restringida; y, es válida la cita y desglose del Auto Supremo 286/2013 de 22 de julio en casación, por cuanto desarrolla en términos precisos la supuesta contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado, la aplicación de las normas con sentidos jurídicos diversos y especifica en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, respecto a la falta de fundamentación del Auto de Vista sobre el agravio expuesto en el recurso de apelación restringida vinculado a la incorrecta valoración de la prueba por el Tribunal de Sentencia; en consecuencia, el único motivo casacional, con base en el precedente contradictorio desglosado, resulta admisible.

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación de fs. 386 a 390 vta., formulado por Gustavo Víctor Bascopé Téllez, respecto a su único motivo. Asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del mencionado artículo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.