Auto Supremo AS/0249/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2021-RA

Fecha: 30-Jun-2021

único motivo

En el único motivo del recurso de casación, el recurrente refiere que el Tribunal de apelación, al momento de pronunciar el Auto de Vista impugnado, incumplió los arts. 124, 398 y 413 del CPP y 180.I de la CPE, es decir, con el deber de pronunciarse sobre las cuestiones de fondo planteadas en el recurso de apelación restringida, por cuanto no ingresa a analizar ni valorar debidamente los argumentos del recurso de apelación restringida vinculados a la incorrecta valoración de la prueba por el Tribunal de Sentencia, incumpliendo con el art. 173 del CPP. Cita como precedente contradictorio, el Auto Supremo 286/2013 de 22 de julio, de la Sala Penal Liquidadora, que versa sobre el debido proceso en su elemento motivación y fundamentación respecto a la valoración arbitraria o incorrecta de la prueba, verificando si se observaron las reglas fundamentales de la lógica, la psicología y la experiencia, situación que no implica vulnerar el principio de intangibilidad de los hechos, ni efectuar valoración ex novo de las pruebas.