Auto Supremo AS/0507/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0507/2021

Fecha: 10-Jun-2021

1.

1. Mediante memorial de demanda de fs. 40 a 44, 62 a 63 y subsanado de fs. 82 a 84 vta. de obrados, Ninfa Flora Mayta Quispe inició proceso ordinario de reivindicación más pago de daños y perjuicios contra Jorge Guarachi Chambi y Gladys Digna Paco Pinto; quienes una vez citados, contestaron y opusieron excepciones mediante memoriales de fs. 125 a 128 y a fs. 368 y vta.; tramitada la causa, la Juez Público Civil, Comercial y Familiar 1º de Viacha La Paz, emitió la Sentencia Nº 40/2020 de 12 de octubre, cursante de fs. 719 a 721, declarando PROBADA en parte la demanda.

1. Acusaron que el Auto de Vista denota marcada imprecisión, por cuanto no se advierte con claridad qué parte de la Sentencia se está revocando y cuál se mantiene, resulta confuso el hecho de declararse probada la demanda y disponerse que las mejoras en el inmueble sean determinadas en ejecución de sentencia.

1. El recurso de casación en el fondo por supuesta lesión del art. 1453.I del Código Procesal Civil es infundado. Porque ese precepto dispone “El propietario que ha perdido la posesión de una cosa puede reivindicar de quien lo posee o la detenta” y los recurrentes exigiendo la aplicación de la letra muerta de esta norma, arguyen que no habiendo probado que haya perdido la posesión del terreno en la litis, según ha probado con la Escritura Pública N° 219/2017.