2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 444, se observa que el recurrente fue notificado el 14 de abril de 2021, y como el recurso de casación fue presentado el 27 de abril del mismo año, tal como se observa en el timbre electrónico cursantes a fs. 446, se infiere que la impugnación objeto de la presente resolución, fue interpuesta dentro del plazo previsto por el art. 396 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, es decir, dentro de los diez días hábiles
