a)
a)Que el Auto de Vista es incongruente debido a que el Tribunal de alzada no resolvió el reclamo expuesto en el recurso de apelación respecto a la errónea valoración de las literales consistentes en fotografías del portón de fs. 167 a 169 y el acta de inspección judicial, por las cuales acreditaron la existencia del inmueble objeto de la litis.
