Auto Supremo AS/0553/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0553/2021-RA

Fecha: 24-Jun-2021

c)

c) Reclamaron que la determinación de que, si un bien es rural o urbano no proviene de un acto de aprobación de planos, sino del plan de reordenamiento predial de un municipio, y esto se encuentra regulado en el art. 316 de la CPE, Ley Nº 777, Ley Nº 786, Ley Nº 247 y el GAM Cochabamba mediante Ley Nº 0226/2017 aprobó el PTDI. Así se visualiza a fs. 16, 18, 65, 92 y 123 el inmueble objeto de la acción reivindicatoria y negatoria es un predio que se encuentra en el radio urbano de Cochabamba en la Zona de Sarcobamba.