AS/0069/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0069/2021

Fecha: 12-Jul-2021

CONSIDERANDO I

Al amparo del art. 24 de la Constitución Política del Estado y el art. 38 núm. 8 de la Ley del Órgano Judicial, Jaime Gustavo Aguilar Pacheco, se apersonó ante este Tribunal Supremo de Justicia solicitando la homologación de Sentencia de disolución de vínculo matrimonial, consignada con el N° 006536 - 0RM1 - 2008 - FM, dictada el 17 de agosto de 2009 por el Juzgado Segundo Distrito Civil de la Circunscripción de Managua - República de Nicaragua a fs. 6 y vta. Señala que contrajo matrimonio con Sylvia de los Ángeles Ortega Rosales el 12 de octubre de 1981 en la ciudad capital de Managua de la República de Nicaragua, convalidado en el Estado Plurinacional el año 2003 a fs. 1, cuya disolución fue declarada en la República de Nicaragua a través de la Sentencia de 17 de agosto de 2009.

Admitida la solicitud de Homologación de Sentencia dictada en el extranjero (fs. 15), se dispuso la citación por comisión mediante exhorto suplicatorio a la ciudadana Sylvia de los Ángeles Ortega Rosales, quien se apersonó a través de su representante Yerko Milán Garáfulic López, allanándose y respondiendo afirmativamente a la solicitud del impetrante, en vista que no funda ninguna objeción respecto a la solicitud de Homologación de Sentencia, y no teniendo más por tramitar, se pasa obrados a Sala Plena para resolución, en cumplimiento al decreto de 01 de febrero de 2021 (fs. 21); por consiguiente, corresponde analizar los requisitos de validez que debe contener la sentencia pedida de homologación.