VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación de fs. 317 a 321, interpuesto por la Gerencia Regional Tarija de la Aduana Nacional, representada legalmente por Fabián Cristian Rivero Soliz, contra el Auto de Vista Nº 5/2021 de 16 de marzo de fs. 313 a 315 vta., pronunciado por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso coactivo fiscal, seguido por la entidad recurrente contra la Empresa Pública Nacional Estratégica Depósitos Aduaneros Bolivianos (DAB), el Auto Interlocutorio No. 05/2021 de 10 de mayo de fs. 329 y vta., que concedió el recurso, el Auto Nº 290/2021-A de 19 de mayo de fs. 337 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 444/2021.
- Sucre, 09 de julio de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII- TJA. 290/2021.
- Distrito: Tarija.
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- I. 1. Antecedentes del proceso.
- I.1.1. Auto Definitivo. -
- I.1.2 Auto de Vista
- Fragmento 13
- II. RECURSO DE CASACIÓN EN EL FONDO. -
- II.1. Petitorio:
- CONSIDERANDO III:
- III.1. - Fundamentos jurídicos del fallo.
- Regístrese, notifíquese y cúmplase. -
