POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa, Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con las atribuciones contenidas en los artículos 184. 1 de la CPE y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 165 a 171.
Sin costas en aplicación del artículo 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del Decreto Supremo Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 467/2021
- Sucre, 09 de julio de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII- CBBA 347/2021
- Distrito: Cochabamba.
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
- CONSIDERANDO I:
- I.1.1. Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones.
- I.1.2. Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR.
- I.1.3-. Auto de Vista.
- I.2. Motivos del recurso de casación.
- I.2.1 Petitorio
- CONSIDERANDO II:
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
