probada en parte
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Segundo de Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la Capital, emitió la Sentencia de fecha 26 de noviembre de 2015 de fs. 157 a 161 vta., declarando probada en parte la demanda de fs. 120 a 122 vta., debiendo la parte demandada cancelar al actor la suma de Bs. 19.682.-, emergente del siguiente detalle:
Salario Indemnizable: Bs. 3.500.-
Tiempo de la relación laboral: 1 año, 4 meses y 29 días
Fecha de inicio: 9 de noviembre de 2009
Fecha de conclusión: 8 de abril de 2011
Conclusión la relación laboral: despido intempestivo
Indemnización 1 año, 4 meses y 29 días: Bs. 4.945.-
Desahucio: Bs. 10.500.-
Vacaciones (20 días, gestión 2009/2011) Bs. 2.333.-
Aguinaldo (duod. 2011 enero al 8 de abril, doble) Bs. 1.904.-
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 498/2021
- Sucre, 09 de julio 2021
- Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 326/2021
- Distrito: Tarija
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- :
- I. CONSIDERANDO
- I.1.Antecedentes del proceso.
- I.1.1. Sentencia
- probada en parte
- TOTAL Bs. 19.682.-.
- Fragmento 14
- I.1.2. Auto de Vista.
- Confirmó
- I.2 Fundamentos del recurso de casación.
- Petitorio.
- I.2.1 Fundamentos de la contestación al recurso de casación.
- II CONSIDERANDO:
- II.1. Fundamentos Jurídicos del fallo.
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
