I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia 12/2020 de 7 de febrero (fs. 1630 a 1634 vta.), el Juez de Sentencia Cuarto del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Fidel García Trujillo, autor y culpable de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de tres años de reclusión, con costas. Con relación a Leonarda Rodríguez Jaldín, se la declaró absuelta de culpa y pena de la comisión del delito de Estafa, tipificado por el art. 335 del CP, disponiendo que se dejen sin efectos todas las medidas cautelares que se le hubieran impuesto.
Contra la referida Sentencia, el imputado (fs. 1643 a 1652), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 21/2021 de 1 de abril, que declaró admisible y procedente la apelación interpuesta; y, en consecuencia, se anuló parcialmente la Sentencia solo en lo que concierne a la condena del recurrente; por lo que, se dispuso el renvío del proceso ante otro Juez llamado por Ley.
Por diligencia de 12 de abril de 2021 (fs. 1680), fue notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado; y, el 19 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
