I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 03/2020 de 15 de enero (fs. 683 a 692), el Tribunal de Sentencia en lo Penal de Padilla del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a: Orlando Carrasco López, autor de la comisión del delito de Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del CP, imponiendo la pena privativa de libertad de veinte años, más el pago de costas; y, Juan Pablo Cerón Rentería, absuelto de pena y culpa de la comisión del delito endilgado; toda vez, que la prueba no fue suficiente para establecer su culpabilidad en el hecho acusado.
Contra la mencionada Sentencia, el acusado Orlando Carrasco López, interpone recurso de apelación incidental y restringida (fs. 722 a 730), que previo memorial de subsanación (fs. 839 a 841), fue resuelto por Auto de Vista 152/2021 de 12 de abril, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
Por diligencia de 27 de abril de 2021 (fs. 852), fue notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado, en cuyo mérito, solicitó complementación, explicación y enmienda (fs. 854 y vta.), que fue resuelto por Auto 185/202 de 30 de abril de 2021, que declaró con lugar en parte la petición únicamente en relación al recurso de apelación incidental, siendo notificado con tal determinación el recurrente el 7 de mayo de 2021 (fs. 857); el 13 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
