Auto Supremo AS/0572/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0572/2021-RA

Fecha: 16-Ago-2021

inadmisible

Respecto a la temática planteada, se evidencia que la recurrente no invocó precedente contradictorio alguno, situación que refleja la falta contradicción que debió existir entre el Auto de Vista impugnado y la doctrina legal aplicable contenida en los precedentes contradictorios a lo que estaba compelido en presentar, a efectos de evidenciar cuál fue la situación de hecho similar y principalmente en qué consistiría el agravio o perjuicio que le ocasionó el Tribunal de alzada, siendo que este requisito constituye una carga procesal para el recurrente, situación que hace ver el incumplimiento de los arts. 416 y 417 del CPP; asimismo, con relación a los presupuestos de flexibilización, establecidos y explicados por este Tribunal en el acápite anterior de la presente Resolución, el recurrente se limita a denunciar la vulneración de las garantías constitucionales del derecho al debido proceso en su componente de derecho a la fundamentación, pero sin describir en qué consistió la restricción o disminución de su derecho, tampoco explico el resultado dañoso emergente del defecto, omisión que imposibilita abrir la competencia de este Tribunal para el análisis de fondo del presente motivo por flexibilización; consecuentemente, el recurso de casación devienen en inadmisible.

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Antonia Miranda Hidalgo en representación legal del Gobierno Autónomo Municipal de San Pedro de Totora, de fs. 163 a 167.