Auto Supremo AS/0592/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2021-RA

Fecha: 16-Ago-2021

IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS.

En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 16 de marzo de 2021, interponiendo su recurso de casación el 23 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la Ley; en consecuencia, cumplido el requisito temporal exigido por el primer párrafo del art. 417 del CPP, corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

Se tiene que la recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado incurrió en revalorización de la prueba MP-3 (certificado médico forense), al afirmar que un certificado médico forense en su criterio es una “pericia” concluyendo que el delito no pudo haber ocurrido, por lo que se anuló la Sentencia.

Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 004/2013 del 31 de enero, el mismo de su revisión, no cumplió con la explicación de contradicción en los términos exigidos por el art. 417 segundo párrafo del CPP.