POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el núm. 3) del art. 50 de la Ley 1970 CPPb y en relación con lo determinado con los arts. 154 núm. 3 y 158 de la misma norma, de acuerdo con el Dictamen Fiscal DECLARA PROCEDENTE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano Sandro Aguilar Tuco, con DNI. Argentino N° 94.014.890, Cédula Boliviana N° 5.051.633, nacido el 1 de noviembre de 1982 en Potosí - Bolivia, quien se encuentra detenido preventivamente en el Centro de Readaptación Productiva Santo Domingo de Cantumarca de la ciudad de Potosí, disponiendo su entrega al Gobierno de la República Argentina, sea a través de los órganos competentes del Poder Ejecutivo, debiendo la autoridad comisionada, Juez de Instrucción Penal N° 4 de Potosí, emitir el respectivo mandamiento de excarcelación con fines de traslado por extradición a la República Argentina.
Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y por su intermedio a la Honorable Embajada de la República Argentina para fines consiguientes.
Regístrese, notifíquese y archívese.
