I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
Por Sentencia 02/2021 de 13 de enero (fs. 581 vta. a 588), el Tribunal de Sentencia de Cuarto en lo Penal, del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Marco Antonio Cantero Menduiña autor de la comisión del delito de Consumo y Tenencia para el Consumo, previsto y sancionado por el art. 49 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008), imponiendo la medida de seguridad de internación en el instituto privado de fármaco dependientes “Monte Sinai” de la ciudad de Santa Cruz; internación que tendrá duración hasta que se tenga convicción de su rehabilitación.
Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs. 634 a 644), interpuso recurso de apelación restringida; resuelto por, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que emitió el Auto de Vista 230/2021 (fs. 666 a 673 vta.), de 18 de junio, que declaró; Improcedente el recurso de apelación incidental, respecto al recurso apelación restringida; rechaza por inadmisible el primer motivo de agravio e improcedente el segundo motivo de agravio, en consecuencia confirmó la Sentencia apelada.
Por diligencia de 1 de julio de 2021 (fs. 674 vta.), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 8 de julio del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
