Auto Supremo AS/0119/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2021

Fecha: 27-Sep-2021

(i)

Que, revisada la documentación adjunta a la solicitud de Homologación de Sentencia de Divorcio y la Resolución de Partición y Adjudicación de Bienes, se concluye que ambos fallos contenidos en la causa signada con el N° T343-17 de 31 de julio de 2017, dispusieron: (i) Declarar el divorcio entre las partes; se adjudica la guarda y custodia de Luz Carolina Córdova Rodríguez a Vania Elva Rodríguez Choque; ambas residirán en la vivienda común de las partes hasta efectuar la partición de bienes (fs. 6-9). (ii) Se establece liquidación como partición y adjudicación de bienes entre las partes (fs. 16-30).

Ambos fallos reúnen las condiciones de autenticidad exigidas por nuestra legislación, ya que fueron emitidas por autoridad competente y fueron apostilladas en Estocolmo el 23 de octubre de 2020 por Adrienne Bonde de Jounge Notaria Publica (fs. 4-5 y 14-15); ahora bien, las normas invocadas en ambos fallos cuya homologación se pretende, no son incompatibles con nuestro ordenamiento jurídico y cumplen con lo previsto por el artículo 505 del CPC; en consecuencia, corresponde dar curso a lo impetrado por el recurrente.