Auto Supremo AS/0119/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2021

Fecha: 27-Sep-2021

POR TANTO:

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por el numeral 8 del artículo 38 de la Ley del Órgano Judicial, los artículos 503.II) y 507.III) del CPC-2013, HOMOLOGA la Sentencia Interlocutoria de Divorcio y la Resolución de Partición y Adjudicación de bienes, de la causa signada con el N° T343-17 de 31 de julio de 2017, pronunciada por el Tribunal de Primera Instancia de Södertörn Suecia.

Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el artículo 507.IV) del CPC, se ordena su cumplimiento al Juez Público en materia Familiar de Turno de la ciudad de Cochabamba, quien dispondrá la cancelación de la Partida de Matrimonio Nº 32, Folio Nº 32, del Libro Nº 41 a cargo de la Oficialía del Registro Civil Nº OF.COL 8, del Departamento de Cochabamba, Provincia Cercado, Localidad Cochabamba, inscrita el 15 de marzo de 2009; así como, la ejecución de la Sentencia Interlocutoria y la Resolución de Partición y Adjudicación de Bienes entre partes.

A ese efecto, por secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de la presente Resolución.

Regístrese, notifíquese y archívese.