POR TANTO:
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación cursante de fs. 695 a 699, interpuesto por Carola Ríos Sánchez, representada por Lutgard Carola Salinas Portillo, contra el Auto de Vista N° 261/2022 de 29 de abril, cursante de fs. 679 a 686, pronunciado por la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro. Sin costas y costos por no existir respuesta al recurso.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.