I.- Argumentos del recurso de compulsa:
Señaló que el procedimiento coactivo social, en un procedimiento especial con características sumarias, cuyo procedimiento se encuentra regulado por el art. 32 del Decreto Ley N° 10173 de 28 de marzo de 1972, con la permisibilidad de aplicarse las normas del Código de Procedimiento Civil en observancia de los arts. 630 y 633 del Reglamento al Código de Seguridad Social y en especial aplicarse el Código procesal del Trabajo, respecto del recurso de casación aplicable al caso, así establece la Sentencia Constitucional 0795/2018-S3.
El Auto de Vista que niega la concesión del recurso de casación, aduce que el Auto de Vista impugnado, no admite recurso de casación, pues constituye una impugnación a una resolución de mero trámite que por su naturaleza no está poniendo fin al litigio principal como ocurre con un Auto Definitivo o Sentencia; cuando lo evidente es que el auto impugnado pone fin al litigio, por ser una resolución que corta todo procedimiento ulterior, dejando como parte perdidosa al ente de la seguridad social.
Expresó que en otros procesos de igual naturaleza ha concedido recursos de casación sin observación y dilación alguna.
Refirió que el Auto al negar la concesión del recurso de casación atenta contra el derecho a la defensa, a la seguridad jurídica y al debido proceso, dejando en indefensión a una institución pública, siendo que todas las Sentencias (Autos Definitivos) contra el Estado deben y tienen que ser recurridos de oficio.
Por último, señaló que el recurso de casación de 22 de junio de 2022, fue interpuesto contra el Auto de Vista N° 44/2022, resolución que pone fin al litigio, ante lo cual se interpuso el recurso conforme establece el art. 270-I del Código Procesal Civil, por lo que el rechazo decretado por Auto de Vista de 22 de julio de 2022, resulta ilegal y atenta contra los derechos antes mencionados, previstos por los arts. 178, 180-I y II de la Constitución Política del Estado, por lo que interpone el recurso de compulsa contra la referida resolución.