POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el núm. 1 del art. 184 de la CPE y núm. 1 del parágrafo I del art. 42 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 141 a 144, interpuesto por Mónica Cejas Panoso, contra el Auto de Vista Nº 156/2021 de 24 de noviembre, de fs. 131 a 138, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, con costas y costos.
No se regula el honorario profesional del abogado defensor, al no haber sido contestado la misma.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
