c)
c) El Auto de Vista recurrido manifiestó la inexistencia de la falta de objeto y en el caso de autos la falta de objeto no es aplicable toda vez que Eufemia López Gonzales demanda la nulidad de las Escrituras Públicas: 679/2014 de 26 de junio y 1548/2014 de 14 de noviembre, sin considerar la demanda de anulabilidad de contrato, en la cual se declaró desistida la pretensión por la incomparecencia de la demandante a la audiencia preliminar, donde la actora ha agotado todas las instancias, existe pronunciamiento judicial ejecutoriado al desistimiento de la pretensión de poder invalidar total o parcial de las escrituras públicas de referencia, con relación al lote de terreno Nº 4, sito en el ex fundo “La Florida”, Zona Rumi Rumi con Matrícula N° 1.01.1.99.0001463 con una superficie de 250 m2.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 20/2022-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
