b)
b) Señaló que el Tribunal Ad quem al emitir el Auto de Vista N° 91/2021 de 17 de febrero, no realizó una correcta valoración de las pruebas de descargo.
Fundamentos por los cuales solicitó la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista Nº 91/2021 y deliberando en el fondo declare improbada la demanda.
En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
