S A L A C I V I L
Auto Supremo: 39/2022-RA.
Fecha: 31 de enero de 2022
Expediente: SC-8-22-S.
Partes: Miriam Cuevas Méndez c/ Vanessa Rojas Barba, Bianca Barba
representadas por Julio Cesar Rosales Sandoval y presuntos propietarios.
Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria, nulidad y cancelación de matrícula
computarizada en Derechos Reales.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 288 a 296 vta., interpuesto por Vanessa Rojas Barba y Bianca Barba mediante su representante Julio Cesar Rosales Sandoval contra el Auto de Vista Nº 386/2021 de 22 de octubre, corriente de fs. 282 a 284 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de usucapión decenal o extraordinaria, nulidad y cancelación de matrícula computarizada en Derechos Reles seguido por Miriam Cuevas Méndez contra Vanessa Rojas Barba, Bianca Barba y presuntos propietarios, el Auto de concesión de 18 de enero de 2022, visible a fs. 304, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Miriam Cuevas Méndez por memorial cursante a fs. 45 a 46, ampliado a fs. 50 vta., y reiterado a fs. 82 inició proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria, nulidad y cancelación de matrícula computarizada en Derechos Reales contra Vanessa Rojas Barba, Bianca Barba y presuntos propietarios quienes una vez citados mediante radio difusión, por escrito de fs. 109 a 111 vta., Vanessa Rojas Barba, y Bianca Barba representadas por Julio Cesar Rosales Sandoval, se apersonaron, plantearon excepciones, contestaron negativamente a la demanda y reconvinieron por reivindicación, desalojo y pago de daños y perjuicios; según memorial de fs. 127 a 129 vta., Miriam Cuevas Méndez, contestó negativamente a las excepciones y la demanda reconvencional; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 62/2019 de 26 de junio, cursante de fs. 207 a 216 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 1° de Vallegrande del departamento de Santa Cruz, declaró PROBADA la demanda de usucapión decenal, nulidad y cancelación de matrícula computarizada registrada en derechos reales, PROBADA la excepción de prescripción adquisitiva y, finalmente, IMPROBADA la demanda reconvencional de reivindicación, desalojo de inmueble y pago de daños y perjuicios.
