I. ANTECEDENTES PROCESALES.
Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones
En cumplimiento del auto de Vista Nº 003/2019 de 23 de enero, de fs. 322 a 321 que dispuso ANULAR la Resolución Nº 035/18 de 25 de enero de 2018 de fs. 288 a 282 y el Auto Nº 0002791 de 9 de octubre de 2017, de fs. 26; la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto emitió la Resolución Nº 2647 de 6 de diciembre de 2019, de fs. 443 a 440 que dispuso DESESTIMAR la solicitud de Compensación de Cotizaciones por procedimiento Manual de la solicitante.
Resolución de la Comisión de Reclamación.
Ante el recurso de reclamación de fs. 471 a 460, que interpuso la solicitante, la Comisión de Reclamación del SENASIR, emitió la Resolución Nº 188/20 de 23 de julio de 2020, de fs. 491 a 482, que CONFIRMÓ la Resolución Nº 0002647 de 6 de diciembre de 2020, por encontrarse de acuerdo a los datos del expediente y normativa.
Auto de Vista.
Contra esta determinación, Marcela Honorina López Quisbert interpuso recurso de apelación de fs. 516 a 503, que fue resuelto por el Auto de Vista Nº 120/2021 de 24 de septiembre, fs. 531 a 530, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que REVOCÓ la Resolución Nº 188/20 de 23 de julio de 2020 de fs. 482 a 491; por consiguiente, dejó sin efecto la Resolución Nº 2647 de 6 de diciembre de 2020; y se dispuso que el SENASIR proceda a otorgar la Certificación de Compensación de Cotizaciones por procedimiento manual a favor de la interesada, por el tiempo real y efectivo aportado por los servicios prestados activamente, todo en observancia a las consideraciones de la Resolución emitida.
