II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 28/2016 de 11 de noviembre (fs. 293 a 323 vta.), el Tribunal de Sentencia Penal Quinto del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Epifania Quinto Coca, autora de la comisión del delito de Tráfico, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al inc. m) del art. 33 de la Ley 1008, imponiendo la pena de 13 años y 9 meses de presidio, a cumplir en el Recinto Penitenciario de San Sebastián del Departamento de Cochabamba; además de 100 días multa a razón de 58 bs. por día.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la imputada Epifania Quinto Coca, formuló recurso de apelación restringida (fs. 345 a 353) resuelto por Auto de Vista 289/2021 de 16 de agosto, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la sentencia apelada.
