AS/1338/2022-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1338/2022-RRC

Fecha: 24-Oct-2022

II. ANTECEDENTES

II.1. Sentencia.

Por Sentencia 027/2021 de 29 de julio (fs. 364 a 374 vta.), el Juez de Sentencia Penal Segundo de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Gueyza Ruiz Rivero, absuelta de la comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, al no ser suficiente la prueba ofrecida para generar en el Juez convicción sobre la participación y responsabilidad penal de la imputada en los delitos denunciados, disponiendo la cancelación de todas las medidas cautelares personales impuestas.

Conforme acta de fs. 363 y vta., esa misma fecha, el Juzgado de Sentencia Segundo de Yacuiba, llevó a cabo audiencia de lectura de sentencia en el caso de referencia. El acto fue desarrollado de manera virtual con la presencia de las representaciones del Ministerio Público, SENASAG y Aduana Nacional. Al término, leída la Sentencia 027/2021, en su integridad se dispuso su legal notificación a las partes presentes, así como, disponer la notificación vía ciudadanía digital a las partes no presentes en la audiencia.

II.2. Apelación restringida.

Luego, el 23 de agosto de 2021, Juana Vaca Villalba, por el SENASAG, presentó memorial de apelación restringida. Previa conformación de quorum para emitir voto, la Sala Penal Segunda de Tarija emitió el Auto de Vista de 15 de agosto de 2021, declarando la inadmisibilidad del señalado recurso por haber sido presentado fuera de plazo. El principal argumento que sustentó la decisión fue:

“…el recurrente fue notificado con la sentencia el 29 de julio de 2021 (conforme consta expresamente a fs. 363 del cuaderno de autos) y el recurso de apelación restringida saliente a fs. 387-389 fue presentado en fecha 23 de agosto de 2021…es decir, …fuera del plazo sobrepasando los días que prevé el art. 408 del CPP, dado que el plazo para interponer la impugnación fenecía el 20 de agosto de 2021, tomando en cuenta la previsión del art. 130 del CPP” [sic].