AS/1344/2022-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1344/2022-RRC

Fecha: 24-Oct-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De acuerdo al Auto Supremo 453/2022-RA de 23 de mayo, corresponde el análisis de fondo de los siguientes motivos.

III.1. El recurrente manifiesta que el Tribunal de alzada incurrió en vulneración, inobservancia o errónea aplicación de la ley dispuesta por el art. 370 m. 1) del CPP, al no haber valorado correctamente la falta de los elementos constitutivos del delito y haber condenado pese a no haberse individualizado al autor del delito como dispone el art. 365 del CPP, más cuando en su caso no fueron absueltas las exigencias del art. 13 del CP, que impide imponer una pena sino el hecho no es reprochable penalmente.

Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 151 de 15 de febrero de 2007.

III.2. Alega que el Auto de Vista incurrió en vulneración del art. 370 núms. 6) y 7) del CPP, al validar una Sentencia basada en hechos inexistentes, que no consideró sus pruebas de descargo, vulnerando el debido proceso, al señalar que la determinación no contiene los requisitos dispuestos por el art. 116 de la CPE, puesto que la acusación del Ministerio Público se basó en que hubiera mantenido relaciones sexuales con la víctima sin presentar prueba científica que acredite que era autor del ilícito sindicado; siendo que a pesar de ello el Tribunal de Sentencia no cumplió su responsabilidad de realizar un trabajo científico en base a criterios técnicos, informes psicológicos incurriendo en clara inobservancia de los arts. 173 y 359 núm. 1 y 2 del CPP, puesto que no existe una completa consideración de las consideraciones del hecho punible y la absolución que correspondía.

Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos: 189 de 19 de marzo de 2015, 223 de 28 de marzo de 2007, 308 de 25 de agosto de 2006, 14 de 6 febrero de 2013, 215 de 28 de junio de 2006 y 101 de 12 de febrero de 2015.