III. MOTIVO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
Los recurrentes a su turno y en sus respectivos memoriales efectuando una explicación de los antecedentes del caso, reclaman que el Tribunal de alzada se limitó a “manifestarse a mis agravios expresados, simplemente – buscan argumentos narrativos, sin ni siquiera entrar a mencionarlos y en base a los mismos pronunciarse.” (sic), señalan que no es posible que se les condenen a pagar una sentencia por un delito que no cometieron, por el simple hecho de estar en el mismo lugar de los hechos; pero que no participaron del mismo, e incluso no tenían ni idea de lo que estaba pasando, por lo que no era posible que les sentencien por el solo hecho de tener chats en sus celulares, los cuales no tenían ninguna relación de compra o venta de drogas. Añaden, que “es que Vuestras Autoridades, al dictar una sentencia condenatoria en mi contra, prescinde de lo más elemental como es la dogmática penal, y en su decisión incumple la norma procesal contenida en el art. 124 del Código de Procedimiento Penal” (sic).
