POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num.1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA el Auto de Vista N° 13/2022 de 08 de abril, de fs. 539 a 540, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y declara IMPROBADA la demanda de usucapión formulada por Elsy Moreno, conforme a los escritos de fs. fs. 27 a 28 vta., aclarado a fs. 64 y vta., y 66, ratificado de fs. 87 a 89 vta., ampliado de fs. 127 a 129 y 191. Sin costas por la existencia de otros codemandados.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Relator: Magistrado Juan Carlos Berrios Albizu.