POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia en ejercicio de la atribución conferida por el art. 42.I num. 4) de la Ley N° 025 y conforme determina el art. 282.I del Código Procesal Civil, declara ILEGAL el recurso de compulsa interpuesto por Francisco Ramírez Espinoza.
De conformidad al art. 5.3 del Reglamento de Multas Procesales, se impone multa al compulsante que se gradúa en el equivalente a tres días de haber del Juez ante quien se tramita la causa, cuyo monto mandará hacer efectivo el Juez A-quo, en favor del Tesoro Judicial.
