POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad reconocida por el núm. 8) del art. 38 de la Ley del Órgano Judicial y el art. 507 del CPC-2013, HOMOLOGA la Sentencia N° 6069/2018 de 18 de diciembre, emitida por el Juzgado Letrado de 2° Turno de la ciudad de la Costa, República Oriental del Uruguay, que declaró la incapacidad de Laura Mabel Marcovecchio Rojo y se designó como curador a su hija Claudia Mabel Arce Marcovecchio, disponiéndose su cumplimiento, por ante el Juez Público de Familia de Turno de la ciudad de Cochabamba, quien dispondrá lo que en derecho corresponda respecto de la ejecución de dicha Sentencia, estando facultada para emitir todas las determinaciones que correspondan respecto de la posesión, ejercicio del cargo de curador y todas las emergencias para la administración y disposición de los bienes de la declarada interdicta, previo cumplimiento de las formalidades legales para dicho efecto.
Respecto a la solicitud de la Dirección del Adulto Mayor, se dispone que el Juez Comisionado, sea quien determine si corresponde o no remitir lo solicitado, determinando también las modalidades de informe de actividades encomendadas, que deberán remitirse a dicha oficina de la ciudad donde se ejerza el cargo de curador.
Al efecto por Secretaría, devuélvase antecedentes y archívese.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Ricardo Torres Echalar
PRESIDENTE
Esteban Miranda Terán
DECANO
María Cristina Díaz Sosa
MAGISTRADA
José Antonio Revilla Martínez
MAGISTRADO
Marco Ernesto Jaimes Molina
MAGISTRADO
Juan Carlos Berrios Albizu
MAGISTRADO
Olvis Egüez Oliva
MAGISTRADO
Carlos Alberto Egüez Añez
MAGISTRADO
Edwin Aguayo Arando
MAGISTRADO
Sandra Magaly Mendivil Bejarano
SECRETARIA DE SALA
SALA PLENA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
