POR TANTO
El Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts. 184.3) de la Constitución Política del Estado, 38. 2) de la Ley de Organización Judicial y el numeral 3) del art. 50 del CPPb, DEJA SIN EFECTO el Auto Supremo 79/2019 de 8 de mayo, que ordenó la procedencia la extradición del sujeto extraditable; en defecto diferido, se ordena al Juez Instructor en lo Penal Primero de la ciudad de Sacaba - Cochabamba, dejar sin efecto el mandamiento de detención preventiva de 21 de mayo de 2013 emitido por el entonces Juez Instructor Penal Cautelar Primero de Sacaba contra Alberto Isaías Ayala Peñafiel de acuerdo a los fundamentos del presente fallo y a cuyo efecto, remítase por Secretaria de Sala Plena copia legalizada de la presente resolución a la Presidencia de Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, con nota de atención.
Finalmente, comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, para que, por su intermedio y conforme a la solicitud recibida, se haga conocer a la Embajada de la República de Ecuador en Bolivia; cumplido lo precedentemente ordenado, procédase al correspondiente archivo de obrados de la presente causa conforme lo solicitado por el Estado Requirente.
No intervienen los Magistrados Esteban Miranda Terán, Juan Carlos Berrios Albizu y Edwin Aguayo Aranda, son voto disidente.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Ricardo Torres Echalar
PRESIDENTE
María Cristina Díaz Sosa
MAGISTRADA
Marco Ernesto Jaimes Molina
MAGISTRADO
José Antonio Revilla Martínez
MAGISTRADO
Carlos Alberto Egüez Añez
MAGISTRADO
Olvis Egüez Oliva
MAGISTRADO
Sandra Magaly Mendivil Bejarano
SECRETARIA DE SALA PLENA
