POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184-1 de la CPE y 42-I-1 de la LOJ, CASA en parte el Auto de Vista N° 059/2022 SSA-II de 15 de marzo, de fs. 1693 a 1697, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; en consecuencia, se ordena que el GAM-LP, cancele a favor de los actores el detalle de los derechos laborales y beneficios sociales, elaborados en la liquidación del presente Auto Supremo.
Con relación a los ex trabajadores Nelly Chirinos Conde, Dionicio Tola Mamani y Máximo Gómez Calderón, en el fondo declara IMPROBADA la demanda.
Más la actualización en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda - UFV’s conforme dispone el art. 9 del D.S. 28699, a calcularse en ejecución de Sentencia.
Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley N° 1178 y 52 del DS N° 23215.
Y sin multa por ser excusable.
Regístrese, comuníquese y devuélvase. -
