CONTENIDO ADICIONAL
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, de fs. 329 a 331, interpuesto por la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija (ZOFRA COBIJA), representado por el Director General Ejecutivo, José Luis Méndez Chaurara, contra el Auto de Vista N° 77/22 de 19 de agosto de 2022, de fs. 324 a 325, emitido por la Sala Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; dentro del proceso de pago de subsidio de frontera, interpuesto por Verónica Suárez Lurisi contra la entidad recurrente; la contestación de fs. 335 a 337; el Auto Nº 175/22 de 5 de septiembre 2022 de fs. 338, que concedió el recurso; el Auto de 20 de septiembre de 2022 de fs. 350, que admitió el recurso de casación interpuesto; y todo lo que fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISION
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1. El art. 42 del DS Nº 25933, modificado por el art. 2-I del DS Nº 29744, de 15 de octubre de 2008, señala que “La Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija es una entidad pública descentralizada, con personalidad jurídica de derecho público, pat
- POR TANTO
