POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA en parte, el Auto de Vista N° 80/2022 de 13 de mayo, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, de fs. 232 a 234.
En consecuencia, se tiene la siguiente liquidación, que debe cancelar la Escuela Taller de Integración:
Fecha de inicio de la relación laboral: 1 de abril de 2003
Fecha de conclusión:1 de febrero de 2019
Tiempo trabajado: 15 años y 10 meses
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE
TIEMPO
TOTAL
Bs2.941,41.-
15
Años
Bs44.121,15.-
Bs2.941,41.-
10
Meses
Bs2.451,18.-
SUBTOTAL
Bs46.572,33.-
MONTO A DESCONTAR
Bs7.000,00.-
TOTAL
Bs39.572,33.-
Son: Treinta y nueve mil quinientos setenta y dos 33/100 Bolivianos que debe cancelar la institución demandada a tercero día de ejecutoriada la presente resolución, más la multa del 30% y actualización que se realizará en ejecución, conforme prevé el art. 9 del DS Nº 28699.
Sin multa, por ser excusable.
Regístrese, comuníquese y cúmplase. -
