I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia.
El Juez Octavo del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 83/2021 de 2 de junio de fs. 449 a 452, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 76 a 80, subsanada a fs. 82; en consecuencia, ordenó que la parte demandada pague a favor de la actora la suma de Bs122.029,72.- (Ciento veintidós mil, veintinueve 72/100 Bolivianos), por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo (2016 duodécimas), recargo nocturno y multa del 30%, monto que deberá actualizarse conforme el Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
Auto de Vista.
En conocimiento de la Sentencia, la corporación demandada, interpuso recurso de apelación de fs. 461 a 465, que fue resuelto por el Auto de Vista Nº 116/2022 de 16 de mayo, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 484 a 486, que CONFIRMÓ en parte la Sentencia N° 83/2021 y suprimió el pago por recargo nocturno; disponiendo que se pague la suma de Bs104.834,86.- (Ciento cuatro mil, ochocientos treinta y cuatro 86/100 Bolivianos) por concepto de indemnización, desahucio y aguinaldo (2016 duodécimas) y la multa del 30%.
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- 1. El demandante y COSSMIL, suscribió contratos bajo el régimen salarial del sector de defensa; empero, este aspecto no fue motivado por el Juez de primera instancia, ni por el Tribunal de alzada, pese a que en todas las instancias se manifestó la im
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
