POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184-1 de la CPE y 42-I-1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 59 a 61, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro; en consecuencia, mantiene firme y subsistente la Sentencia Nº 21/2022 de 1 de septiembre, de fs. 48 a 53, emitida por la Sala Especializada, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
Sin costas, en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
