POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo, interpuesto por la Caja Petrolera de Salud - Regional Santa Cruz, representada por Luis Alberto Flores Murillo, de fs. 177 a 119; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 68 de 21 de abril de 2022 de fs. 105 a 106, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992; sin multa, por ser excusable.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
