POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el art. 184-1 de la CPE y 42-I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 366 a 369, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Uriondo (GAM-Uriondo) representado por Javier Abraham Lazcano Quiroga, manteniendo firme y subsistente la Sentencia Nº 32/2022 de 24 de agosto.
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley N° 1178 y 52 del DS N° 23215.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
