CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Jhonny Carballo Ledezma, mediante memorial de fs. 19 a 22, inició proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales contra Elia Fanny Basualdo Huanca, quien una vez citada, por escrito de fs. 38 a 41 vta., respondió a la demanda y solicitó declinatoria de competencia por territorio; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 398/2021 de 28 de julio, cursante de fs. 124 a 132 vta., en la que el Juez Público de Familia 16º de la ciudad de Santa Cruz, declaró PROBADA la demanda corriente de fs. 19 a 22, con respecto a la ganancialidad del bien inmueble registrado bajo la Matrícula N° 7011060130013; de la misma forma, los bienes muebles consistentes en una ferretería que se encuentra dentro del inmueble objeto de la demanda, que cuenta con un capital de $us. 20.000; también, el préstamo obtenido del Banco Unión S.A. por la suma de Bs. 68.600; asimismo, los lotes de terreno adquiridos de la empresa EL PAHUICHI S.R.L; e IMPROBADA en cuanto a la declinatoria de competencia territorial.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Elia Fanny Basualdo Huanca, mediante memorial de fs. 701 a 704, originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 37/2022 de 12 de abril, de cursante fs. 735 a 737, que declaró INADMISIBLE la apelación, por falta de expresión de agravios, bajo el argumento de que dicho recurso interpuesto por Elia Fanny Basualdo Huanca carece de fundamentación, no señaló cuál sería el agravio que le ocasionó la Sentencia impugnada, no indicó qué norma adjetiva o sustantiva fue quebrantada, solamente reitera los antecedentes del proceso.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Elia Fanny Basualdo Huanca, conforme memorial saliente de fs. 758 a 766 vta.; recurso que es objeto de análisis.
