AS/0971/2022-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0971/2022-RI

Fecha: 29-Nov-2022

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Erick Christiam Prado Uscamaita, por escrito de fs. 17 a 22, subsanado a fs. 59 a 62, demandó acción ordinaria de resolución de contrato y pago de daños y perjuicios contra Alfredo Dardo Gamarra Torrico y Daysi Carola Gonzales Blanco; previa citación y ante su extemporáneo apersonamiento fueron declarados rebeldes, habiendo comparecido por escrito de fs. 131 a 132 vta.; desarrollado el proceso el Juez Público Civil y Comercial 1° de la Zona Sur de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia N° 314/2021 de 06 de julio, cursante de fs. 148 a 152 vta., que declaró PROBADA la demanda en cuanto a la resolución del contrato e IMPROBADA respecto del pago de lucro cesante, disponiendo que los demandados den y paguen la suma de $us. 27.000,00 (Veintisiete mil dólares americanos 00/100), en favor del demandante, en el plazo de tres días, con costas y costos.

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Alfredo Dardo Gamarra Torrico y Daysi Carola Gonzales Blanco según memorial de fs. 171 a 172 vta., así como por Erick Christiam Prado Uscamaita conforme a escrito de fs. 179 a 184, lo que dio lugar a que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronuncie el Auto de Vista Nº 104/2022 de 18 de marzo de fs. 225 a 229 vta., que anuló obrados hasta la emisión de una nueva concesión de los recursos planteados, por lo que una vez devuelto el expediente ante el Juzgado de origen, se emitió el Auto de 07 de junio de 2022, de fs. 240, que concedió el recurso de apelación contra la Sentencia, así como el recurso de apelación contra el Auto de Rechazo de prueba de fs. 134 a 137, de 29 de junio de 2021, lo que dio lugar a que Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronuncie Auto de Vista Nº 408/2022 de 21 de septiembre, de fs. 255 a 263, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada, así como el Auto de rechazo de prueba, con costas y costos.

3. Notificados con el Auto de Vista citado, Alfredo Dardo Gamarra Torrico y Daysi Carola Gonzales Blanco, presentaron recurso de casación, cursante de fs. 276 a 278, que es objeto de examen para su admisión.