AS/1536/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1536/2022-RA

Fecha: 10-Nov-2022

II. ANTECEDENTES

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

II.1. Sentencia.

Por Sentencia 34/2021 de 7 octubre (fs. 328 a 348 vta.), el Tribunal de Sentencia Penal Octavo de Santa Cruz, declaró a Miguel Ángel Vidal Vega autor del delito de Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis, con relación al art. 310.g) del CP, imponiendo la

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1 “en todo aquel proceso en el que esté involucrado un menor de edad -ya sea en calidad de agresor o de víctima- su identidad deberá mantenerse en absoluta reserva al comprometerse de modo profundo el derecho a su dignidad y con la finalidad de proteger las garantías constitucionales de que son titulares el menor y su entorno familiar, deberá protegerse también el derecho fundamental a la intimidad de éste, por ello durante la tramitación de los procesos, deberán tomarse medidas tendentes a impedir su identificación. En razón a lo cual, los jueces y tribunales, deberán suprimir toda referencia que pueda conducir a la identificación del menor involucrado y el de su familia; debiendo consecuentemente, reemplazar el nombre de éste no con las iniciales de sus nombres y apellidos, porque de todos modos serían pasibles de identificación al señalar que su familiar (nombre completo) lo representa, quebrantando así la reserva y resguardo de su identidad; entonces deberá identificársele con letras repetitivas tales como CC o XX, por ejemplo, lo mismo que a sus familiares cuando éstos actúen en su representación, esto con el único y exclusivo afán de guardar estricta reserva de los datos de identidad del menor SC 1100/2011-R de 16 de agosto.

pena de veinticinco años de presidio, con costas a favor del Estado y resarcimiento del daño civil ocasionado a la víctima, a ser determinados en ejecución de sentencia.

II.2. Apelación restringida.

Contra la referida Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs. 354 a 358), resuelto por Auto de Vista 108 de 29 de agosto de 2022, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso interpuesto.