AS/1608/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1608/2022-RA

Fecha: 28-Nov-2022

ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD

vía flexibilización, consecuentemente, deviene en inadmisible.

Con relación al segundo motivo, el recurrente acusa que los Vocales incurrieron en incongruencia negativa al haber omitido sobre el procedimiento de los actos esenciales que debieron ser analizados en su conjunto y otorgarles valor probatorio conforme lo establece el art. 124 del CPP, por lo que generaron actividad procesal defectuosa nula de pleno derecho conforme al art. 169 num. 3 y 4 del CPP; defectos absolutos que son inconvalidables y atentan a las garantías fundamentales del debido proceso, acceso a la justicia, una justicia plural pronta y oportuna, derecho a ser oído y escuchado por la autoridad pública y competente, inviolabilidad de la defensa y derecho a la impugnación, enmarcados en los arts. 116 num. 1, 116 num. 1, 120 parr. I, 119 parr. I y II, todos de la CPE, lo que ha generado incongruencias citra petita e infra petita en el Auto de Vista recurrido, siendo facultad de los jueces de grado apreciar la prueba de acuerdo a la valoración que les otorga la ley conforme al art. 396 num. 1 y 2 del CPP.